Traspaso Vehicular (DGII + Acto Venta)
Redacción de acto de venta, legalización y emisión de matrícula en DGII.
¿Qué incluye?
Requisitos por trámite
Institución donde lo gestionamos

¿Qué es y cuándo te lo piden?
El traspaso es lo que pone el vehículo legalmente a nombre del comprador en la DGII. Mientras no se haga, las multas, los impuestos y la responsabilidad siguen siendo del vendedor, por eso conviene hacerlo el mismo día de la venta.
Cómo lo hacemos, estés donde estés
- Nos envías la matrícula del vehículo y los datos del comprador y del vendedor.
- Verificamos en la DGII que el vehículo esté al día y sin oposición.
- Redactamos y legalizamos el acto de venta, pagamos el impuesto y sacamos la matrícula nueva.
Qué recibes
Recibes la matrícula nueva a nombre del comprador y el acto de venta legalizado, en mano o por courier.
Trámites que suelen ir con este
Quien pide este trámite normalmente necesita también:
Preguntas frecuentes sobre Traspaso Vehicular
¿Qué pasa si el vehículo tiene oposición?
No se puede traspasar hasta levantarla. Lo verificamos antes de empezar y, si la tiene, te decimos qué hace falta para quitarla.
¿Tienen que estar presentes las dos partes?
El acto de venta necesita las dos firmas. Si uno de los dos está fuera del país, se resuelve con un poder.
¿Cuánto es el impuesto?
Es un porcentaje del valor del vehículo según la tabla de la DGII. En la calculadora del sitio puedes estimarlo antes de decidir.
¿Se puede traspasar con multas pendientes?
Hay que saldarlas primero. También las consultamos y las pagamos si quieres.
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Trámite
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- Un gestor te escribe para validar documentos y pago.
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